Ley de lucha contra el fraude

Por fín se han desvelado las dudas y el Gobierno ha puesto en marcha el proyecto de ley de lucha contra el fraude que entra en vigor el 31 de octubre de 2012 y que introduce medidas tan contudentes como la prohibición de realizar operaciones en efectivo por importes superiores a 2.500 euros. Esto obligará a algunos empresarios o autónomos que no dispongan de un terminal TPV a solicitarlo o bien a utilizar servicios de transferencia bancaria (o para los valientes, aceptar cheques o pagarés), si bien creemos que la eficacia de esta medida está limitada por el hecho de que quien tenga intención de defraudar lo puede seguir haciendo tranquilamente con la única precaución de no emitir factura (y por lo tanto, no repecutir el IVA).

Por desgracia, cuanto mayor es el fraude en un sistema, más esperpénticas son las medidas para luchar contra el mismo (entorpeciendo por tanto la actividad económica), y frecuentemente ocurre además que el objetivo perseguido, es decir, la reducción del fraude, no se consigue. Un ejemplo clásico es el de Italia, donde un ciudadano puede ser multado por salir de un bar sin el ticket de caja que comprueba la transacción realizada (haber pagado 80 céntimos por un café) y sin embargo la economía sumergida ronda el 25% según algunas estimaciones.

Las soluciones al fraude fiscal son complejas y nunca vienen de la mano de una situación angustiosa como la actual, ya que requieren un largo tiempo para lograr cambios efectivos. La lucha debe venir por un lado, por la certeza del control y la inspección (si la haces, la pagas) y por otro, por la educación cívica. En España, ninguna de estas dos medidas parecen estar cercanas. La anmistía fiscal no contribuye precisamente a crear esa certeza del control y la inspección, sino más bien al contrario (tu defrauda, que luego veremos) y por otro lado, seguimos considerando a los pagan pocos impuestos como ejemplos válidos a seguir.

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Asesoramiento en tiempos difíciles

Los continúos cambios legales de todo tipo con que el Gobierno intenta salir de la crísis obliga los pequeños y medianos empresarios a una actualización constante así como a la revisión de sus estrategias.

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Bienvenidos al blog de Asesoría Castander

Vamos a intentar aclarar los aspectos más importantes de las continuas novedades de todo índole que afectan a nuestras actividades empresariales.

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¿Repercuto la subida del iva o la absorbo?

Muchos empresarios se han tenido que plantear esta cuestión por segunda vez a la vuelta del verano. Algunos han aprovechado para implementar acciones promocionales (compre antes de que suba el iva…), o bien, han emprendido campañas publicitarias anunciando que mantenían sus precios, pero más allá de estas acciones de comunicación, la cuestión de fondo que todos nos tenemos que plantear es si dicha subida va a rebajar nuestro margen de negocio o bien la voy a reflejar en el pvp.

En función del modelo de negocio, la respuesta varía en gran medida, pues aquellos negocios dirigidos a empresas (B2B) pueden repercutir tranquilamente la subida del iva pues no supone un coste adicional para las empresas y autónomos al poderse deducir dicha subida. Recordemos que el IVA lo que grava es el consumo final de productos y servicios. Una excepción importante podría ser quien tenga en su cartera de clientes a sujetos pasivos con exención total o parcial del iva, pues la subida implica necesariamente un incremento de su coste al no poderse deducir este impuesto.

Los negocios dirigidos a consumidor final deberán reconsiderar con detenimiento la cuestión, pues absorber la subida del iva significa prescindir del 3% del margen comercial. Si la empresa tiene un margen muy ajustado y basa su beneficio en el volumen y la rotación, esto puede significar una reducción importante de su margen bruto y por lo tanto del resultado de explotación. Por otro lado, si la actividad se basa más en el valor añadido, con un margen amplio, y menos en el volumen, seguramente que tendrá más facilidad para absorber la subida.

En cualquier caso, la política de precios debería ser consistente con la estrategia del negocio y no caer en la tentación de utilizar estas subidas fiscales para lanzar mensajes que luego no se van a cumplir (me gustaría comprobar cuánto tiempo van a mantener los precios todos aquellos que anuncian que no repercutirán la subida del iva…)

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